El fraude en la Compensación por Desempleo es un delito grave que puede derivar en enjuiciamiento y encarcelación. Si usted sabe que una persona está recibiendo beneficios de forma fraudulenta, debe comunicarse inmediatamente con el

Departamento de Oportunidad Económica llamando al número gratuito 1-800-342-9909 o enviando por Internet la información. No es necesario informar sus datos personales cuando denuncie una posible actividad fraudulenta; sin embargo, deberá poder proporcionar el nombre del empleado y el nombre o lugar de trabajo de su empleador.

Generalidades sobre Compensación por Desempleo

Definición de “fraude en la Compensación por Desempleo”

Fraude en la Compensación por Desempleo: cualquier declaración falsa u ocultamiento de información relevante, realizados de manera intencional con el propósito de obtener o evitar el pago de beneficios en contravención de lo estipulado por la Ley de Compensación por Desempleo. Por ejemplo, puede que un reclamante decida intencionalmente no declarar ningún salario que pudiera haber percibido, opte intencionalmente por declarar un ingreso inferior al obtenido o mienta sobre las razones que motivaron la desvinculación laboral.

Los asociados de Control de Pago de Beneficios tienen la responsabilidad de establecer las intenciones a la hora de determinar si una reclamación es fraudulenta. Determinar la intención es especialmente importante si el caso ha de ser remitido a enjuiciamiento. Se podrán utilizar pruebas circunstanciales al tomar la decisión.

Sanciones por fraude en la Compensación por Desempleo

El fraude en la Compensación por Desempleo es un delito mayor, de tercer grado que puede llevar al reclamante a prisión. Cuando se emite una determinación de fraude, además de tener la obligación de devolver el pago en exceso, el reclamante quedará inhabilitado para recibir beneficios en el futuro (la inhabilitación se puede imponer con frecuencia semanal por un periodo de hasta un año) y su caso será remitido al Procurador Estatal para elevarlo a instancia judicial. El Procurador Estatal puede acusar al reclamante de hurto mayor o de delito menor.

La condena del enjuiciamiento por fraude en la Compensación por Desempleo puede consistir en el cumplimiento de una condena, el pago de una indemnización, cumplimiento de libertad condicional o participación en el Programa de Intervención hasta el momento previo al juicio y la prestación de servicios comunitarios.

Pagos en exceso no fraudulentos

Los pagos en exceso no fraudulentos pueden ser resultado de omisiones, malentendidos, errores técnicos, nuevas determinaciones, sentencias, decisiones de apelación, disposiciones de la UAC y/o resoluciones judiciales u otras circunstancias atenuantes. Por ejemplo, se podría generar un pago en exceso no fraudulento si el reclamante no hubiera declarado algún salario o no hubiera comprendido que los salarios se declaran en el momento de realizar el trabajo y no en el momento en que los cobra.

Generalidades sobre el Control de Pagos de Beneficios

Función y objetivo del control de pagos de beneficios

La función de la sección de Control de Pagos de Beneficios es monitorear el pago de los beneficios por desempleo con el fin de detectar, determinar, cobrar y evitar el pago en exceso de beneficios de Compensación por Desempleo para proteger el programa, la agencia administradora y a los beneficiarios. Se pone especial énfasis en la prevención del fraude, ya que se considera el mejor método de controlar el pago de beneficios no autorizados.

Unidades de Control de Pagos de Beneficios

Existen tres unidades que realizan el control de pago de beneficios.

  • Unidad de Auditoría: la unidad de Auditoría se encarga de las auditorías de entradas de créditos salariales, los pagos en exceso detectados por otras unidades internas, auditorías de programas especiales y apelaciones, intraestatales (en Florida) e interestatales (fuera del estado). La unidad de Auditoría también es responsable de toda la correspondencia entrante, incluyendo el ingreso de todos los pagos enviados para reintegrar los pagos en exceso correspondientes a la Compensación por Desempleo.
  • Unidad de Nuevas Contrataciones: La unidad de Nuevas Contrataciones se encarga de asuntos relacionados con las nuevas contrataciones y reempleos. En 1994, la legislatura de Florida promulgó leyes que estipulan la acelerada declaración de nuevas contrataciones por parte de los empleadores, sujetos a las disposiciones del Capítulo 409.2576, F. S. Desde el 1º de octubre de 1998, todos los empleadores del país, independientemente del tamaño de la empresa, deben proporcionar información a la agencia estatal pertinente sobre empleados que contraten por primera vez o vuelvan a contratar. En Florida, los empleadores envían dicha información sobre nuevas contrataciones al Departamento de Ingresos. La unidad de Nuevas Contrataciones es la responsable de investigar, determinar y emitir determinaciones no monetarias y sobre pagos en exceso acerca de problemas surgidos a partir de la información sobre nuevas contrataciones. Las situaciones más habituales que se investigan son empleos a tiempo completo, empleos a tiempo parcial, renuncias, despidos, capacidad y disponibilidad para un trabajo, negativas de trabajo e idoneidad para el trabajo. La unidad de Nuevas Contrataciones también se encarga de atender las protestas de los empleadores.
  • • Unidad de Recuperación: la unidad de Recuperación se encarga de investigar todas las actividades presuntamente fraudulentas relacionadas con la recepción de beneficios por desempleo, tanto a nivel interno como externo (incluso investigaciones de actividades presuntamente fraudulentas cometidas por reclamantes, empleadores y empleados). La unidad también evalúa e investiga información recibida por teléfono o email, a la que se denomina “avisos por línea directa”. La unidad inicia los procedimientos necesarios para detectar actividades fraudulentas, recopila información y evalúa la evidencia. La unidad también se encarga del enjuiciamiento por fraude en la Compensación por Desempleo a través del Procurador Estatal y el Tribunal de Demandas de Menor Cuantía.
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